Altas, modificaciones o duplicados de efectos a cobrar

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Altas, modificaciones o duplicados de efectos a cobrar

 

Mediante los botones pertinentes: image\alta.gifimage\modificar.gif o image\duplicar.gif el operador podrá generar, modificar o duplicar efectos dentro de la cartera.

 

Básicamente se trata en cualquiera de los casos de considerar los datos que componen la ventana, considerando la explicación de los campos efectuados en el capítulo Detalle de efectos a cobrar

 

Consideraciones:

 

En un efecto "Aceptado", "Pendiente" o "Devuelto" se permitirá la modificación de cualquier dato salvo el número de efecto, fecha, situación y cliente.

En un efecto "Cancelado" o "Liquidado" NO se permitirá ningún tipo de modificación. Si un efecto está "Pendiente" de liquidar, pero está incluido en una remesa, también será inmodificable.

Cuando se trate de generar un nuevo efecto, si el programa comprueba que ya existen efectos con el mismo número, ofrecerá por defecto el número de orden que le corresponda. Los efectos manuales se tienen en cuenta en el cálculo del riesgo y deudas de los clientes, por lo cual pueden ser usados para aumentar o disminuir dicho riesgo sin necesidad de crear facturas.

En los duplicados no se arrastrarán los datos correspondientes a la incorporación en remesas si fuera alguno de estos casos.